Real decreto aceites de oliva y orujo de oliva

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado con fecha 31 de agosto el Real Decreto por el que se aprueba la norma de calidad de los aceites de oliva y de orujo de oliva, con medidas dirigidas a revalorizar el producto y a satisfacer las nuevas demandas de los consumidores. Este decreto de calidad del Aceite de Orujo Oliva se centra en mejorar el producto y la transparencia para el consumidor, como comentaremos en este artículo.

Una norma propia para el Aceite de Orujo de Oliva

El hecho de contar con una norma propia, separándola de la de otros aceites vegetales, tiene por objetivo adaptar de mejor manera los sistemas de producción y autocontrol, y las normas de envasado y etiquetado a la normativa europea y a la evolución de los criterios y avances tecnológicos. De esta manera, se satisface también una reivindicación histórica del sector oleícola, ya que la anterior normativa databa de 1983.

Tal y como ha indicado el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), el sector demandaba esta actualización normativa en aras de una leal competencia entre todos los operadores. A partir de ahora, el sector oleícola contará con un plan nacional específico de control de trazabilidad, coordinado por el MAPA y gestionado por las autoridades competentes de las comunidades autónomas.

Por primera vez, se obliga a llevar un sistema de trazabilidad estandarizado que redundará en mayores garantías para el consumidor. Además, se obliga a que los movimientos de aceite vayan amparados por documentos de acompañamiento. Así, los movimientos de aceites a granel deberán ir acompañados de un boletín de análisis que garantice que la categoría declarada es la que dice ser. El Ministerio pondrá a disposición del sector y autoridades de control un sistema informático para realizar la notificación previa y obligatoria de cualquier movimiento que afecte al producto; y se publicarán informes de resultados de los controles de conformidad y de trazabilidad del producto.

En relación a las instalaciones, la norma establece que las almazaras, las refinerías y las extractoras de Aceite de Orujo de Oliva de nueva creación deberán estar ubicadas de manera independiente.

¿Qué beneficios otorga esta norma al consumidor? Producto de máxima calidad

Se prohíben las mezclas de aceites de oliva

En la línea de garantizar a los consumidores un producto de máxima calidad, se refuerza la prohibición de mezclas de aceites de oliva y de Aceite de Orujo de Oliva con otros aceites o grasas de origen vegetal.

Se prohíbe asimismo la práctica conocida como «refrescado», que consiste en mezclar aceites de oliva vírgenes de la campaña en curso con otros de campañas precedentes con el fin de mejorar las características organolépticas del producto más antiguo.

Para evitar confusiones, se regulan los términos «virgen» y «virgen extra»

Por otro lado, y para evitar confusiones, los términos “virgen” y “virgen extra” solo se podrán utilizar para el aceite de oliva y no para ninguna otra grasa vegetal en el mercado español.

Un packaging orientado a la calidad

En relación con los envases empleados para embotellar los aceites de oliva y de Aceite de Orujo de Oliva, la norma se centra en los requisitos necesarios que garanticen que los envases sean aptos para el consumo humano, que protejan su contenido sin alterar su composición ni afectar negativamente a sus características, y en asegurar que dichos envases protegen a los aceites que contienen de cualquier práctica fraudulenta destinada a substituir o reemplazar el contenido del envase por uno distinto y de inferior calidad.

El aceite de orujo de oliva es bueno, y poco a poco desaparecen todas las prácticas fraudulentas que manchaban su buen nombre. Gracias a esta nueva norma se enfatiza una vez más la calidad de un aceite sostenible y saludable.

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